El deber de los administradores de evitar situaciones de conflicto de interés

La regulación de los conflictos de interés entre administradores y sociedad ha sido sustancialmente modificada por la reciente Ley 31/2014, de reforma de la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo. Ahora se ha establecido un detallado régimen cuyas piezas centrales son, por un lado, el deber de los administradores de no realizar, en particular, determinadas conductas; y, por otro lado, la posibilidad de permitir, bajo ciertas circunstancias, que el administrador lleve a cabo conductas generadoras de conflictos de interés. Pensada tanto para profesionales como...


























































